El presidente del gobierno…

¿Qué poder tiene el presidente del gobierno?

Hoy viendo una entrevista de Ignacio Gómez de Liaño, me platee esta pregunta, y la verdad, que por mi falta de cultura o desmotivación hacia la política, nunca investigue este interrogante.

Precidente del Gobierno Español

Funciones

  • El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros en su gestión.
  • En todo caso, corresponde al Presidente del Gobierno:
      • Representar al Gobierno.
      • Establecer el programa político del Gobierno y determinar las directrices de la política interior y exterior y velar por su cumplimiento.
      • Proponer al Rey, previa deliberación del Consejo de Ministros, la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales.
      • Plantear ante el Congreso de los Diputados, previa deliberación del Consejo de Ministros, la cuestión de confianza.
      • Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo, previa autorización del Congreso de los Diputados.
      • Dirigir la política de defensa y ejercer respecto de las Fuerzas Armadas las funciones previstas en la legislación reguladora de la defensa nacional y de la organización militar.
      • Convocar, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 62.g) de la Constitución.
      • Refrendar, en su caso, los actos del Rey y someterle, para su sanción, las leyes y demás normas con rango de ley, de acuerdo con lo establecido en los artícu los 64 y 91 de la Constitución.
      • Interponer el recurso de inconstitucionalidad.
      • Crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado, Asimismo, le corresponde la aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
      • Proponer al Rey el nombramiento y separación de los Vicepresidentes y de los Ministros.
      • Resolver los conflictos de atribuciones que puedan surgir entre los diferentes Ministerios.
      • Impartir instrucciones a los demás miembros del Gobierno.
      • Ejercer cuantas otras atribuciones le confieran la Constitución y las leyes.

Normativa

Estructura orgánica (organigrama)

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